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Registro de Marca


La marca registrada confiere a su titular el derecho exclusivo y excluyente de utilizarla en el tráfico económico en la forma que se le ha conferido y para distinguir sus productos y/o servicios comprendidos en el registro y para que ninguna otra persona o empresa pueda utilizar su marca sin su consentimiento. 

· Convertirla en un activo intangible: Muchas veces la marca que protege un producto o servicio se convierte en el activo más importante de la empresa; si no se registra debidamente se puede arriesgar a perderla y ser registrada por otra persona. 

· Extender su protección a toda la República Mexicana: Al ser registrada de manera adecuada se protege el uso de la misma a lo largo y ancho del país.

· El derecho a utilizar el símbolo R. o MR: Para distinguirla y protegerla frente a otras marcas no registradas.

· Posibilidad de otorgar Licencias de Uso de Marca: como en el caso de las franquicias.


· Oportunidad de cobrar regalías a quienes utilicen la marca y cederla a quien o quienes creas conveniente.

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¿QUÉ ES EL EMBARGO?

Es la afectación decretada por un Juez sobre un bien o conjuntos de bienes de propiedad privada, la cual tiene por objeto garantizar el cumplimiento de una obligación. No serán susceptibles de embargo: ·          Patrimonio de Familia; ·          Muebles del deudor, cónyuge o sus hijos; ·          Menaje de Cocina; ·          Instrumentos para el arte, oficio o profesión; ·          Maquinaría para el uso agrícola; ·          Derechos de uso y habitación; ·          Renta Vitalicia; Sueldos y salarios de los trabajadores, siempre que no se traten de deudas alimenticias.