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¿QUÉ ES EL EMBARGO?


Es la afectación decretada por un Juez sobre un bien o conjuntos de bienes de propiedad privada, la cual tiene por objeto garantizar el cumplimiento de una obligación.
No serán susceptibles de embargo:
·         Patrimonio de Familia;
·         Muebles del deudor, cónyuge o sus hijos;
·         Menaje de Cocina;
·         Instrumentos para el arte, oficio o profesión;
·         Maquinaría para el uso agrícola;
·         Derechos de uso y habitación;
·         Renta Vitalicia;
Sueldos y salarios de los trabajadores, siempre que no se traten de deudas alimenticias.

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